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ATEX
Electrotecnia y electrónica
Ambientes explosivos (ATEX)
ATEX es el acrónimo francés de 'ATmosphères EXplosives', que significa 'ambientes explosivos'.
El peligro procedente de los ambientes explosivos deriva de la concentración de sustancias inflamables como gases, vapores, nieblas y polvos, y de su exposición a fuentes de detonación como chispas, arcos eléctricos, electricidad estática, radiaciones ópticas, temperaturas elevadas o superficies calientes.
La Directiva ATEX 2014/34/EU (relativa a luminarias y sistemas de protección destinados al uso en ambientes potencialmente explosivos), publicada en el Diario Oficial de la Unión Europea (nº GU UE L96) con fecha 29 de marzo de 2014 y en vigor desde el 30 de marzo de 2014, establece, en conformidad con el art. 43, la abrogación de la anterior Directiva 94/9/CE con efecto a partir del 20 de abril de 2016, sin período transitorio. Ésta se aplica a todos los productos, eléctricos y mecánicos, destinados a lugares con peligro de explosión.
Las prescripciones generales para las luminarias se tratan en la EN IEC 60079-0, que define las prescripciones generales relativas a la construcción de las luminarias eléctricas destinadas al uso en lugares con ambientes explosivos por la presencia de gases, vapores, nieblas y polvos inflamables.
La clasificación de las áreas peligrosas se efectúa en base a las recomendaciones de la norma EN 60079-10-1 (gas), EN 60079-10-2 (polvos) que subdivide las áreas peligrosas en zonas según la probabilidad de formación y persistencia del ambiente explosivo.
Los productos eléctricos deben poseer el certificado ATEX para que se puedan instalar en lugares con ambientes peligrosos.
Los productos que satisfacen los requisitos y los estándares necesarios disponen de la marca Ex, específica para la protección contra las explosiones
La Directiva 2014/34/EU clasifica y subdivide las luminarias ATEX en dos grupos:

Grupo I: a este grupo pertenecen las luminarias utilizadas en minas con presencia de grisú y/o polvos combustibles. A su vez, el grupo I se subdivide en 2 categorías:
  • M1 - luminarias o sistemas de protección que garantizan un nivel de protección muy elevado; deben permanecer operativas en presencia de un ambiente explosivo.
  • M2 - luminarias o sistemas de protección que garantizan un nivel de protección elevado; debe ser posible dejarlas sin corriente en caso de presencia de gas.

Grupo II: a este grupo pertenecen las luminarias utilizadas para trabajos en superficie.
A su vez, el grupo II se subdivide en 3 categorías en función del nivel de protección (zona de uso); las categorías se denominan con el número 1, 2, 3 seguido por la letra G (gas) o D (Dust).
  • Categoría 1 - luminarias o sistemas de protección que garantizan un nivel de protección muy elevado; para ambientes donde existe siempre, a menudo o durante largos períodos de tiempo, un ambiente explosivo debido a la mezcla de aire y gas o polvos. Las luminarias de esta categoría deben asegurar el nivel de protección requerido incluso en caso de avería excepcional de la luminaria.
  • Categoría 2 - luminarias o sistemas de protección que garantizan un nivel de protección elevado; para ambientes donde existe la posibilidad de que se manifieste un ambiente explosivo debido a la presencia de gases, vapores, nieblas o mezclas de aire y polvos. Las luminarias de esta categoría garantizan el nivel de protección requerido incluso en presencia de anomalías recurrentes o defectos de funcionamiento de las luminarias que conviene tener en cuenta habitualmente.
  • Categoría 3 - luminarias o sistemas de protección que garantizan un nivel de protección normal; para ambientes con escasa probabilidad de que se manifieste un ambiente explosivo debido a la presencia de gases, vapores, nieblas o mezclas de aire y polvos, y en cualquier caso, solo durante breves períodos de tiempo. Las luminarias de esta categoría garantizan el nivel de protección requerido con un funcionamiento normal.
Resumiendo:
Dust (Polvo)
Gas
1D
Idoneidad en zonas 20, 21 y 22
1G
Idoneidad en zonas 0, 1 y 2
2D
Idoneidad en zonas 21 y 22
2G
Idoneidad en zonas 1 y 2
3D
Idoneidad en zonas 22
3G
Idoneidad en zonas 2
ATEX (G) para zonas con GAS
En los lugares clasificados como con presencia de gases, nieblas o vapores, en base a la probabilidad de existencia del ambiente explosivo, se definen tres zonas:
Zona 0
Zona 1
Zona 2
Un lugar donde el ambiente explosivo por la presencia de gas está presente continuamente o durante largos períodos de tiempo o frecuentemente.
Un lugar donde el ambiente explosivo por la presencia de gas está probablemente presente ocasionalmente durante el funcionamiento normal.
Un lugar donde el ambiente explosivo por la presencia de gas es improbable durante el funcionamiento normal pero, en caso de que se verifique, es posible que permanezca solo durante breves períodos de tiempo.
Las condiciones de falla para las que el dispositivo es seguro, indicadas en el marcado, son las siguientes:
Ga: Equipo para atmósferas explosivas por presencia de gas, con un nivel de protección 'muy alto' que no es fuente de ignición durante el funcionamiento normal o en caso de una falla esperada o cuando está sujeta a una falla rara.

Gb: Equipo para uso en atmósferas explosivas por presencia de gas, con un nivel de protección 'alto' que no es fuente de ignición durante el funcionamiento normal o cuando está sujeto a averías esperadas, aunque no de forma regular.

Gc: Equipo para uso en atmósferas explosivas por presencia de gas, con un nivel de protección 'aumentado', que no es una fuente de ignición durante el funcionamiento normal y que tiene algunas medidas de protección adicionales para asegurar que sigue siendo una fuente de ignición no activo en caso de eventos esperados regularmente (por ejemplo, por una falla de la lámpara).
ATEX (D) para zonas con Dust (polvo)
En los lugares clasificados como con presencia de polvo, se identifican zonas diferentes según la frecuencia y la duración de la formación del ambiente explosivo:
Zona 20
Zona 21
Zona 22
Un lugar donde el ambiente explosivo por la presencia de polvo, bajo forma de nube de polvo, está presente continuamente o durante largos períodos de tiempo o frecuentemente.
Un lugar donde el ambiente explosivo por la presencia de polvo, bajo forma de nube de polvo, está probablemente presente ocasionalmente durante el funcionamiento normal.
Un lugar donde el ambiente explosivo por la presencia de polvo, bajo forma de nube de polvo, es improbable durante el funcionamiento normal pero, en caso de que se verifique, es posible que permanezca solo durante breves períodos de tiempo.
Las condiciones de falla para las que el dispositivo es seguro, indicadas en el marcado, son las siguientes:
De: Equipo para atmósferas explosivas por presencia de polvos combustibles, que tiene un nivel de protección 'muy alto' y que no es fuente de ignición en funcionamiento normal o cuando está sujeto a fallas raras.

Db: Equipo para atmósferas explosivas por presencia de polvos combustibles, que tiene un nivel de protección 'alto' y que no constituye una fuente de ignición en funcionamiento normal o cuando está sujeto a fallas esperadas, aunque no de manera regular.

Dc: Equipo para atmósferas explosivas por presencia de polvo, con un nivel de protección 'aumentado' que no constituye una fuente de ignición durante el funcionamiento normal y que puede tener protecciones adicionales para asegurar que permanezca inactivo como fuente de ignición en el evento de fallas regulares y esperadas.
Procedimientos para la conformidad
Para el marcado de las luminarias hay previstos varios procedimientos de conformidad en función del producto y de la categoría a la que pertenece.
  • Todas las luminarias eléctricas de Categoría 1 y Categoría 2 deben estar certificadas obligatoriamente por organismos notificados ATEX (Notified Body), es decir, entes de certificación o laboratorios de prueba autorizados por la autoridad gubernamental nacional. Las empresas que fabrican luminarias eléctricas de Categoría 1 y Categoría 2 tienen la obligación de notificar y vigilar el sistema de calidad y de indicar el número de identificación del organismo en la etiqueta que reúne los datos de matrícula contextualmente con el marcado CE.
  • Todas las luminarias eléctricas de Categoría 3 se pueden auto certificar por parte del fabricante (marcado CE), con el control de fabricación interno.
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